El Banco central creó un nuevo régimen de disponibilidad de divisas para exportadores de servicios, a través de este, las personas que exportan servicios podrán disponer de hasta 12.000 dólares anuales en sus cuentas en entidades financieras locales, sin que les sea exigible la liquidación de las dividas en el Mercado Libre y Único de Cambios. Para esto, el exportador no debe haber accedido a dólares financieros en los últimos 90 días (compra y venta de títulos valores con liquidación en dólares) y además debe comprometerse a no acceder a los mismos en los siguientes 90 días.
También podrán acceder al beneficio aquellas empresas del sector, quienes podrán disponer de las divisas, en tanto sean exclusivamente destinadas al pago de las remuneraciones de sus trabajadores, por un porcentaje de las ventas exteriores que realicen este año en comparación con el año 2021. Para acceder, la empresa no debe registrar incumplimientos a la fecha en materia de ingresos y liquidación de exportaciones de servicios, además deberá liquidar los fondos que no hayan sido destinados al pago de remuneraciones.
Por otro lado, no tuvo que haber concertado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera 90 días antes de la certificación y no podrá realizar estas operaciones por los 90 días subsiguientes.
Este nuevo régimen, es realmente un alivio para el sector. En la actualidad los profesionales que exportan servicios cobran a través de sus cuentas bancarias, pero están obligados a liquidar los dólares en el mercado oficial, por lo cual una persona que cobra, por ejemplo, 100 dólares por un trabajo realizado para el exterior, termina recibiendo en su cuenta bancaria $11.950, toda vez que los dólares son transformados al tipo de cambio oficial comprador (100usd x $119,50). Ahora bien, si la persona luego quisiera acceder a comprar dólares para atesorarlos utilizando esos $11.950, el mismo banco le otorgaría por esa misma suma, tan solo 57,70 dólares ($11.950 / 207,08, dólar oficial + imp PAIS + percepción de ganancias y bienes personales). Esto provoca que las personas busquen cobrar a través de mecanismos alternativos por fuera del circuito oficial, por ejemplo, cobros en criptomonedas, cuentas en el exterior, y otras cuantas operatorias que en definitiva siempre terminan incumpliendo con la normativa cambiaria existente hasta ahora. Ni mencionar las complicaciones que a futuro les trae aparejada la imposibilidad de declarar ingresos y justificar gastos.
Sin lugar a dudas, esto traerá un impulso al sector, el cual viene creciendo marcadamente en los últimos años, pero hasta hoy, con las complicaciones antes mencionadas. Este cambio permitirá que la declaración de los ingresos obtenidos a raíz de este tipo de exportación, ya no sea un dolor de cabezas para los pequeños exportadores.
Luciano Valverde Salinas, contador publico (UNLu)